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Canal Ético

InterApp Valcom, S.A. está comprometida con el cumplimiento de la legalidad y la defensa de su Política ética. Para este fin, ha dispuesto el Canal ético como medio a través del cual pueden informarse, de manera anónima y confidencial, conductas sucedidas en el desarrollo de la actividad de la sociedad y que sean susceptibles de ser contrarias a la ley o a su Política ética.

El Canal ético está diseñado y se gestiona cumpliendo estrictamente las exigencias legales de disponibilidad, confidencialidad de la identidad del informante y terceros aludido, así como de las investigaciones que pudieren realizarse, efectividad, procedimiento de investigación, desarrollada mediante la política y procedimientos pertinentes y protección del informante.


¿Quién puede informar?

El Canal ético de InterApp está abierto a todos los miembros de la sociedad como son: miembros del órgano de administración, directivos, empleados, representación de los trabajadores, empleados cuya relación haya finalizado, voluntarios, becarios, candidatos a puestos de trabajo en los casos en que la información sobre infracciones haya sido obtenida durante el proceso de selección.

También podrán recurrir al Canal ético los proveedores, colaboradores, personal subcontratado o clientes de InterApp.


¿Qué puede informarse?

El Canal ético de InterApp tiene por objeto servir de medio para informar sobre conductas irregulares, entendiendo por tales:

  • Acciones u omisiones susceptibles de constituir infracción penal o administrativa grave o muy grave.
  • Incumplimiento de los principios de la Política ética de InterApp Valcom, S.A.
  • Transgresión de la normativa interna de InterApp Valcom, S.A.
  • Cualquier conducta que pueda estimarse reprochable desde la perspectiva de la integridad como principio de InterApp Valcom, S.A.


¿Cómo puede informarse?

InterApp Valcom, S.A. pone a disposición de los interesados el siguiente enlace:

CANAL ÉTICO


Mis derechos

El Canal ético de InterApp Valcom, S.A.  velará siempre por los derechos de los informantes, como son:

  • Que su identidad no sea revelada.
  • A recibir acuse de recibo de la comunicación que efectúe y de la decisión que se adopte sobre el inicio o no de la investigación siempre que designe una dirección al efecto.
  • A recibir información en materia de protección de datos.
  • A ser informado sobre las medidas de protección y apoyo como informante.
  • A ser informado de la tramitación del expediente que pudiere originar su comunicación.
  • A ser informado de la existencia de otros sistemas externos de información
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